Tarifas
Nuestros precios incluyen todos los impuestos incluidos: 18% de I.V.A., tasas de aeropuerto y gastos de parking.
También incluye un conductor adicional (solo uno por contrato), kilometraje ilimitado y cancelación de reserva sin coste adicional.
Servicio de aeropuerto
El lugar de entrega de su vehículo aparece en la confirmación de su reserva.
En los aeropuertos y dependiendo del destino existe la posibilidad de entregas nocturnas (entre las 23 y las 7 horas), el importe de dicho servicio se especificará antes de la confirmación de su reserva.
Entregas en oficinas
Las entregas y recogidas en oficinas deben ajustarse al horario de las mismas.
Combustible
El combustible no está incluido en el precio de alquiler.
El vehículo se entregará con el depósito lleno de combustible, que deberá ser abonado en el momento de la entrega del vehículo. No se realizará ningún tipo de devolución en concepto de combustible,
de modo que el vehículo deberá ser devuelto con la mínima cantidad posible en el depósito.
Documentación y forma de pago
Para formalizar el contrato de alquiler es imprescindible presentar su pasaporte o DNI y su carnet de conducir (*),
así como ser titular de una tarjeta de crédito (Visa o Mastercard). El pago se podrá realizar mediante dichas
tarjetas de crédito o en efectivo.
(*) La edad mínima para poder alquilar un coche es de 25 años y dos años de experiencia con Permiso de Conducir.
Accesorios
Junto con su vehículo puede reservar sillas para niños y otros accesorios.
El coste de estos extras se indica al hacer la reserva.
Los modelos ofertados de sillas para niños son de 9 meses a 2 años y cojines elevadores para niños de 2 a 13 años
(en ningún caso el proveedor va a realizar el montaje de éstos en el vehículo).
Averías, accidentes y multas:
En caso de que el vehículo sea denunciado durante el periodo de alquiler,
el cliente es el único responsable del alcance de la multa.
En caso de accidente o avería, sigue las instrucciones que hay al dorso del contrato y en la guantera del vehículo.
Seguro Obligatorio de Automóviles
Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del Seguro Obligatorio del automóvil
y del Complementario de Responsabilidad Civil por los daños y perjuicios frente a terceros derivados del uso
y circulación del Vehículo.
Estas coberturas quedan garantizadas y son asumidas por el asegurador con el que el Arrendador tenga concertada
la correspondiente póliza de seguro; y quedan sujetas al clausulado general y particular de la misma y a la Ley.
Mediante la firma del contrato de alquiler el Arrendatario se adhiere como asegurado a la mencionada póliza.
Esta póliza no cubre los daños, pérdidas, ni cualquier otro perjuicio sufrido en los equipajes, mercancías
u objetos personales transportados en el Vehículo, ni la pérdida total o parcial, ni daños sufridos en el Vehículo
por robo y/o vandalismo y/o accidente de circulación.
Este seguro implica que el cliente es el único responsable de los daños ocasionados en caso de colisión,
robo o actos vandálicos sobre el vehículo y supone la retención/cobro en la tarjeta del cliente de una franquicia
como garantía según el modelo de vehículo seleccionado.
Los importes de las franquicias se corresponden según se indica en las siguientes tablas:
Grupo Franquicia del Seguro
A 800€
B 800€
C 900€
C1 900€
D 900€
F 1000€
G 1000€
Seguro Opcional
Disponemos de un Seguro Opcional que incluye:
Seguro por Colisión (CDW), SIN FRANQUICIA.
Seguro contra robo (THW), SIN FRANQUICIA.
Seguro lunas y cristales (SI), SIN FRANQUICIA.
El Seguro Opcional tiene un importe por día y un coste máximo por alquiler indicado a continuación:
Grupo Seguro/día Min. Max.
A 6€ 24€ 84€
B 6€ 24€ 84€
C 7€ 28€ 98€
C1 7€ 28€ 98€
D 7€ 28€ 98€
F 10€ 40€ 140€
G 10€ 40€ 140€
A continuación se detallan las coberturas de cada uno de estos seguros incluidos en el Seguro Opcional (Seguro Colisión + Seguro Robo):
Seguro Colisión (CDW, Collision Damage Waiver)
Exención de responsabilidad por daños ocasionados al vehículo en caso de accidente
El CDW es un servicio opcional prestado directamente por el Arrendador que exime al Arrendatario,
mediante su contratación, de la responsabilidad económica únicamente por los daños causados al Vehículo con motivo de accidente
de circulación, excluyendo los causados por actos de vandalismo.
La no contratación del CDW implica la responsabilidad económica del Arrendatario
por los daños causados en el Vehículo y la indemnización por inmovilización del mismo.
El CDW sólo es aplicable si el Arrendatario cumplimenta debidamente el Parte de Accidente,
donde deben figurar claramente los datos de los vehículos y conductores implicados en el accidente y las condiciones
y circunstancias en las que se produjo el mismo.
Seguro de Robo (THW, Theft Waiver)
Exención de responsabilidad en caso de robo total o parcial del vehículo, y daños causados al mismo por actos de vandalismo.
El THW es un servicio opcional prestado directamente por el Arrendador que exime al Arrendatario
(salvo el importe de la correspondiente franquicia), mediante su contratación, de la responsabilidad económica únicamente
por el robo total o parcial del Vehículo y los daños causados al mismo por estos motivos y/o por actos de vandalismo.
La no contratación del THW implica la responsabilidad económica del Arrendatario por los daños
y/o pérdidas por robo total o parcial del Vehículo y la indemnización por inmovilización del mismo.
El THW sólo es aplicable si el Arrendatario entrega al Arrendador las llaves del Vehículo
(el juego original que se le entregó en el momento de formalizar el contrato de alquiler) sin manipulación alguna,
y el original de la denuncia del incidente presentada ante las autoridades que correspondan.
Exenciones CDW y THW, no incluidas en el Seguro Opcional:
Especificaciones
El CDW no cubre en ningún caso los daños causados al Vehículo, cualquiera
que sea su categoría, cuando se produzcan como consecuencia de colisión o choque contra árboles, túneles, puentes,
garajes y puertas de garajes, y en general contra cualquier otro objeto, como consecuencia de una incorrecta apreciación
de la altura por parte del conductor.
El CDW no cubre en ningún caso los daños causados al Vehículo, cualquiera que sea
su categoría, cuando se produzcan como consecuencia de conducir el Vehículo sobrecargado, por encima de los límites
autorizados en el Permiso de Circulación y/o en la Ficha Técnica del Vehículo o por conducir éste por sitios tales como playas,
caminos inapropiados, caminos forestales, montañas, etc., que no sean carreteras autorizadas y pavimentadas; los producidos
por golpes contra piedras o cualquier otro objeto y baches encontrados en la carretera; y los producidos en llantas
y neumáticos por golpes contra bordillos debidos a maniobras de aparcamiento.
Tampoco el CDW cubrirá en ningún caso los daños a los vehículos debido a riadas/avenidas de agua debidas a la climatología
o a cualquier otra causa, cuando los vehículos hayan sido dejados aparcados en zonas de rieras, ramblas o cursos de agua no
asfaltados, y en todo caso, cuando los vehículos no se encontrasen debidamente estacionados en zonas asfaltadas destinadas
específicamente al aparcamiento de vehículos.
Las coberturas del CDW y del THW no son de aplicación en el caso de que el coste de la
reparación de los daños o robo parcial sea inferior o igual a la franquicia establecida en la Tarifa General Vigente para cada
categoría y/o grupo de Vehículo, en cuyo caso dicho coste, hasta el límite de la franquicia, será siempre a cargo
del Arrendatario.
Las coberturas del CDW y del THW no son de aplicación en caso de que el Arrendatario
no haga entrega al Arrendador del documento que corresponda (denuncia y/o Parte de Accidente) debidamente cumplimentado en un
plazo máximo de cuarenta y ocho horas (salvo casos de fuerza mayor), desde la fecha en que se produjo el incidente.
Ni el CDW ni el THW cubren en ningún caso las pérdidas, hurtos o daños relativos a objetos
y bienes, incluso equipajes o mercancías, transportados, depositados o guardados en el Vehículo por el Arrendatario o cualquier
ocupante del mismo.
Cuando, de acuerdo con lo estipulado en las presentes Condiciones Generales,
no sean de aplicación las exenciones CDW y THW, el Arrendatario será responsable del pago de todas las reparaciones
que se efectúen en el Vehículo, así como de una indemnización en concepto de inmovilización del mismo.
Las tarifas de alquiler cubren las pérdidas y daños del Vehículo en caso de incendio
espontáneo del mismo, cuando no se produzca como consecuencia de accidente de circulación o de robo total o parcial del mismo
o actos de vandalismo, en cuyo caso regirá lo dispuesto en el presente artículo.
¿Que es lo que no cubre el seguro en ninguna de las modalidades anteriores?
Neumáticos y llantas (roturas, pinchazos o cualquier tipo de daño)
Daños en los bajos (*) o deterioros en el interior del vehículo
Daños causados a terceros o al propio vehículo por negligencias o conducción temeraria
Repostaje equivocado de combustible
Pérdida o rotura de llaves o mandos a distancia
Robo del vehículo con las llaves en el contacto
Objetos personales en el interior del vehículo
Daños o situaciones producidos por la conducción bajo los efectos del alcohol y/o las drogas
(*)Bajos de un vehículo
Se entiende por los "Bajos de un vehículo" a las siguientes partes del mismo: En los laterales: zonas situadas por debajo de
las puertas incluyendo los cajetines laterales.
En la parte delantera: zona situada por debajo del parachoques delantero.
En la parte trasera: zona situada por debajo del parachoques trasero.
En la parta inferior del vehículo (no visible): zona inferior del vehículo situada por debajo de éste que protege al motor y otros mecanismos del vehículo.
Restricciones de conducción
Queda totalmente prohibido conducir el vehículo fuera de España (queda también prohibido el traslado a Ceuta, Melilla,
Islas Baleares e Islas Canarias). Queda totalmente prohibido el transporte de animales o mercancías que puedan dañar,
deteriorar o ensuciar el vehículo.